La custodia compartida, por definición, supone la distribución del tiempo de convivencia de los niños con los progenitores por mitad. La forma habitual y más extendida de llevarla a cabo sería la convivencia con cada uno de los progenitores a semanas alternas, pero no hay un número cerrado de supuestos: meses alternos, distribución de la semana laboral entre los progenitores (lunes y miércoles uno, martes y jueves el otro) y fines de semana alternos, etc.

Abogado Custodia Compartida en Valencia

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