A partir del miércoles 15 de abril de 2020, y como forma de desatascar la parálisis judicial motivada por el COVID-19, ya es posible presentar demandas de divorcio de mutuo acuerdo ante los juzgados, siguiendo la tramitación ordinaria habitual a este tipo de procedimientos.
Únicamente la ratificación de los cónyuges en el Juzgado quedará diferida (al momento en que se levante la cuarentena sanitaria o bien, como ahora, cuando se cree algún mecanismo judicial que posibilite su realización como forma de dinamizar las actuaciones judiciales).