No, el procedimiento judicial urgente creado Real Decreto-Ley 16/2020 no está pensado para asuntos nuevos, sino para la modificación de las antiguas sentencias o autos judiciales ya dictados y que basen su modificación en circunstancias generadas con motivo del...
Desde el 30 de abril de 2.020, y hasta tres meses después de la finalización del estado de alarma, entra en vigor un “juicio rápido” en el que resolverán los problemas que surjan en la aplicación del régimen de visitas fijado por auto o sentencia, para adecuarlo a la...
Si ha habido una modificación sustancial de las circunstancias económicas del pagador, con motivo del CORONAVIRUS (ERTE, desempleo o cese o minoración de actividad, caso de autónomos) desde el 30 de abril de 2.020, y hasta tres meses después de la finalización del...
La Orden Ministerial de 25 de abril dice literalmente que sólo podrán hacer esos paseos los padres que convivan con el niño, por lo que el progenitor no custodio quedaría excluido (aunque no creemos que ese haya sido el espíritu del legislador). Es más que probable...
Con motivo de la Orden Ministerial de 25 de abril cabe pensar que esa comunicación se podrá reactivar por el progenitor no custodio pero adecuándola a los términos de dicha norma (una hora de duración y a no más de mil metros del domicilio del menor). No obstante hay...
No, de manera que, cuando se levantarse la cuarentena, y llegue el periodo vacacional de verano se distribuirá entre los progenitores conforme a lo regulado por el auto o sentencia que las estableció (criterio marcado por la Junta Sectorial de Juzgados de 1ª Instancia...
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